Lunes, 20 Abril 2026
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Será el único momento donde los clientes podrán utilizar el móvil.

Los usuarios de servicios financieros podrán acreditar su identidad para operar dentro de las sucursales utilizando el Documento Nacional de Identidad que se descarga en el teléfono celular, según dispuso este viernes el Banco Central de la República Argentina, a través de la Comunicación A 6853.

El uso del teléfono será permitido únicamente en el momento en que el personal del banco le solicite al usuario su identificación.

"El documento digital es una herramienta desarrollada por el ministerio del Interior que permite, a través de una aplicación gratuita, contar con el DNI en el teléfono con las mismas funciones que el DNI tarjeta", indicó la entidad en un comunicado de prensa.

También se podrán usar los teléfonos celulares dentro de los bancos para que los empleados promocionen, instalen o expliquen a los clientes la forma de emplear las aplicaciones de banca móvil o de pagos que las entidades les hayan puesto a disposición.

 

Fuente: datachaco.com

Este tipo de plataformas tendrá un impuesto del 8%.

El decreto de reglamentación de la Ley de Emergencia Económica representa un impuesto del 30% en todas las operaciones que impliquen la adquisición de moneda extranjera, entre estas, la compra de dólares para atesoramiento.

 

Pero ahora hay una salvedad: en el artículo 17 el decreto, publicado en el Boletín Oficial, se estableció que cuando se trate de servicios digitales, como Netflix, Spotify o Airbnb, el impuesto tendrá una importante reducción: será del 8% y no del 30%.

"ARTÍCULO 17.- Establécese que cuando las operaciones comprendidas en el artículo 35 de la Ley N° 27.541 constituyan servicios incluidos en el inciso m) del apartado 21 del inciso e) del artículo 3° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, la alícuota prevista en el primer párrafo del artículo 39 de la norma legal indicada en primer término, será del OCHO POR CIENTO (8%)", informa el texto publicado por el gobierno de Alberto Fernández.

A esto se le suma otros benefició para los que viajen a países limítrofes, por tierra, ya que se informó que los "servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes no pagarán el 30%". La lectura no es buena para los que vuelen, ya que los pasajes de avión sí lo tributarán.

 

Fuente: datachaco.com

El Poder Ejecutivo finalmente exceptuó del pago del “impuesto solidario” del 30% para la adquisición de servicios de transporte terrestre de pasajeros con destino a países limítrofes, a través del decreto reglamentario de la Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva publicado hoy en el Boletín Oficial.

Así lo establece el artículo 18º de esta norma, tal como lo había sugerido el diputado nacional José Luis Ramón durante la sesión parlamentaria en la que se le dio media sanción al proyecto, el 20 de diciembre.

“Quiero proponer una modificación en este artículo para mantener fuera del impuesto al transporte internacional que se abone en moneda nacional”, planteó el legislador ante el recinto.

“Es una realidad de los lugares fronterizos, donde muchas personas de bajos recursos deben efectuar un transporte internacional pero que lo pagan en moneda nacional”, argumentó. “De manera tal que propongo incorporar una aclaración con el objeto de despejar las dudas si ciertas operaciones abonadas en pesos están alcanzadas o no por el impuesto”, precisó.

También el diputado radical Luis Pastori coincidió con Ramón y remarcó que, por ejemplo, en Posadas, Misiones, hay un servicio internacional que cruza un puente entre Posadas y Encarnación. "Hay gente que visita familiares, o empleados que trabajan (en la frontera) y les vamos a encarecer un 30% el costo del pasaje de transporte de colectivos por cruzar. O alguien que compra en la terminal de Retiro en pesos, a una empresa argentina, y que lo lleva a Paraguay, cuando tiene que pagar un 30% y no está usando dólares. Creemos que no se está siguiendo el espíritu del impuesto que se está creando”, había planteado.

Si bien los pasajes terrestres a países limítrofes se abonan habitualmente en pesos y ya estaban, con este artículo, eximidos de pagar el tributo, el decreto reglamentario de hoy no deja lugar a dudas de que quedan expresamente exentos.


Fuente: datachaco.com

El gobernador Jorge Capitanich firmará hoy, a partir de las 10, en Quimilí, Santiago del Estero, un convenio interprovincial de alianza estratégica para la integración y explotación de la red de fibra óptica, denominada Red Capricornio.

Este acuerdo permitirá al Chaco la vinculación tecnológica con provincias como Córdoba y Tucumán, mientras que para la vecina provincia significará una reducción del 50% en sus costos de Internet, entre otros beneficios para la región.

La interconexión entre provincias se dará a través del tendido de 8 kilómetros de fibra óptica propiedad de Ecom Chaco, desde la localidad de Gancedo hasta la frontera con Santiago del Estero, con una inversión aproximada de US$ 43.000 dólares.


La Red Capricornio

Se trata de una alianza estratégica, de iniciativa público-privada de carácter federal, a través de la cual se constituyó una red de más de 15.000 kilómetros de fibra óptica, que permite conectarse al mundo a través de cables submarinos, sin pasar por Buenos Aires.

Esto brinda conectividad de banda ancha a más de 26.000.000 de personas de las provincias del norte argentino, el norte chileno, el sur de Brasil y los países de Bolivia y Paraguay.

La Red Capricornio está integrada por Ecom en Chaco, REFSA en Formosa, Marandú en Misiones, y Silica Networks, del grupo Datco y Ampernet de Brasil.

Fuente: datachaco.com