Sábado, 27 Junio 2026
giweather joomla module

Este sábado, el Ministerio de Salud de la Nación informó que ya son 7759 los nuevos casos de coronavirus y 118 muertes, en las últimas 24 horas, en la Argentina. De esta manera, los infectados en todo el país son 336.802 y las víctimas fatales, 6848.

Desde el último reporte emitido, se registraron 53 nuevas muertes. Se trata de 36 hombres y 17 mujeres.

Los hombres son 25 residentes en la provincia de Buenos Aires; tres residentes en la Ciudad de Buenos Aires (CABA); tres residentes en la provincia de Córdoba; dos residentes en la provincia de Mendoza; un residente en la provincia de Río Negro; dos residentes en la provincia de Santa Fe.

Y las 17 mujeres son 11 residentes en la provincia de Buenos Aires; cinco residentes en la Ciudad de Buenos Aires (CABA); y un residente en la provincia de Córdoba.

En total, se conocieron 4838 nuevos casos en la provincia de Buenos Aires; 1100 en la Ciudad; 294 en Santa Fe; 245 en Mendoza; 219 en Córdoba; 212 en Jujuy; 150 en Salta; 135 en Entre Ríos; 118 en Río Negro; 103 en Neuquén; 78 en Chaco; 72 en Tucumán; 47 en Santa Cruz; 36 en Chubut; 34 en Santiago del Estero y Tierra del Fuego; 28 en La Rioja; cuatro en La Pampa y Corrientes; tres en San Juan; dos en San Luis; y uno en Catamarca, Formosa y Misiones.

 

Así, el territorio bonaerense es el área con mayor número de infectados (209.907 totales), seguido por la Capital Federal (83.905) y Jujuy (6086).

 

Fuente: datachaco.com

A través de una serie de tuits del presidente Alberto Fernández, el gobierno anunció que congelará hasta el 31 de diciembre las tarifas de telefonía celular y fija, los servicios de acceso a Internet y a TV paga, además de declararlos servicios públicos esenciales. “De esta manera garantizamos el acceso a los mismos para todos y todas”, señaló el presidente.
 
Las empresas que prestan estos servicios no podrán en el futuro aumentar sus precios al usuario sin contar con una autorización previa del Estado. “Ante las restricciones que la pandemia nos impone, nadie deberá resignar parte de sus ingresos en afrontar aumentos en los precios de estos servicios”, agregó Fernandez en su cuenta de Twitter.
 
“De esta manera estamos recuperando herramientas regulatorias que el gobierno anterior quitó al Estado. El derecho de los usuarios y consumidores es un derecho constitucionalmente reconocido. En lo sucesivo, no podrá haber ningún aumento sin la previa aprobación del Estado”, añadió el Presidente.
 
Para fundamentar la decisión, que será instrumentada a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que se publicará esta noche, el último tuit de Fernández enfatizó: “La educación, el acceso al conocimiento, a la cultura y a la comunicación son derechos básicos que debemos preservar. Por eso hemos ordenado que de aquí en adelante haya planes inclusivos de prestación básica, universal y obligatoria para quienes menos tienen.”
 
El texto del DNU establece modificaciones a la ley 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC). Incorpora un artículo a esa norma a través del cual otorga el “carácter de servicio público en competencia” para los servicios de las TIC y el acceso a las redes de telecomunicaciones “para y entre” sus licenciatarios. La autoridad de aplicación (en referencia al Enacom, el Ente Nacional de Comunicaciones) “garantizará su efectiva disponibilidad.”
 
En relación con las tarifas de estos servicios, el decreto dispone que los licenciatarios “fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, deberán cubrir los costos de la explotación, tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”.
 
Asimismo, el DNU establece expresamente que los precios de estos “servicios públicos esenciales y estratégicos”, así como también “de aquellos que determine la autoridad de aplicación por razones de interés público”, serán regulados por el Enacom. “La autoridad de aplicación establecerá en la reglamentación la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad,” agrega el texto en ese sentido.
 
En otro artículo del DNU que modifica la ley de las TIC se “incorpora como servicio público, al servicio de telefonía móvil en todas sus modalidades”. Los precios de estos servicios “serán regulados por la autoridad de aplicación”, que además “establecerá en la reglamentación la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad.”
 
Dos semanas atrás, las empresas de telefonía habían comenzado a informar a los usuarios los aumentos que aplicarían sobre las tarifas de telefonía celular y conexión a Internet a partir de septiembre. La legislación vigente hasta hoy obligaba a esas compañías a informar los incrementos a sus clientes con 30 días de anticipación, por eso ya habían comenzado a informarles las nuevas tarifas.
 
Los precios se habían mantenido congelados desde mayo de este año, luego de un acuerdo sellado entonces entre las empresas del sector y el Gobierno.Ese acuerdo disponía mantener los precios actuales hasta el 31 de agosto, en el marco de las medidas económicas destinadas a paliar los efectos de la pandemia de Covid-19.
 
El DNU prorroga el congelamiento y deja sin efecto los anuncios de aumentos: “Suspéndese, en el marco de la emergencia ampliada por el Decreto N° 260/20, cualquier aumento de precios o modificación de los mismos, establecidos o anunciados desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020 por los licenciatarios TIC, incluyendo los servicios de radiodifusión por suscripción mediante vinculo físico o radioeléctrico y los correspondientes al servicio de telefonía fija o móvil, en cualquiera de sus modalidades.”
 
Fuente: infobae.com

El Gobierno provincial confirmó oficialmente que este sábado 22 de agosto comenzará a regir la fase 3 del Plan de Desescalada de la cuarentena por la pandemia de coronavirus en el Chaco, en base al Decreto 843/20, a través del cual se prevé la habilitación de nuevas actividades, tanto de rubros económicos y comerciales, como de deportes y salidas recreativas.

La fase 3 del Plan de Desescalada se extenderá hasta el 4 de septiembre inclusive.

Qué actividades se habilitan este sábado

De acuerdo al Anexo IV del decreto 843/20, las actividades que se permiten desde este sábado sería las siguientes:

- Salidas de paseo recreativas:

Se habilitan solo para personas entre 15 a 60 años de edad que no integren grupos de riesgo, y se establecerán para su habilitación y desarrollo franjas horarias y ámbitos autorizados por cada Municipio de acuerdo a la evolución de casos activos.

A tal efecto, se podrá habilitar parques, plazas, y paseos verdes recreativos, entre otros espacios para esparcimiento, por horarios y por localidad.

- Salidas de niñas, niños y adolescentes:

Se habilitan con acompañamiento permanente de un adulto las salidas de niñas niños y adolescentes menores de 15 años en el horario: de 16 a 19.

- Salidas de adultos mayores de 60 años o pertenecientes a grupos de riesgo:

 

Se permitirán en horarios de 8 a 18 los días lunes, miércoles, viernes, fines de semana y feriados.

- Actividades físicas o deportivas:

Habilitadas para entrenamiento de carácter individual, en espacios al aire libre. Se permitirán todos los días, hasta las 20.

Los materiales y/o elementos a utilizar para entrenamiento deben ser de uso individual o único programándose turnos de entrenamiento.

Se permitirá el desarrollo de deportes o actividades físicas grupales que no impliquen concentración de personas y/o contacto físico en su desarrollo tanto en espacios cerrados cubiertos como al aire libre hasta las 20.

Los elementos de entrenamiento deben ser de uso individual, manteniendo el distanciamiento social.

- Gimnasios:

Se habilitará la apertura en el horario de 8 a 21. Requerirán protocolos aprobados por la autoridad municipal.

- Centros terapéuticos:

Se mantendrá la habilitación de atención mediante sistema de turnos reducidos, a efectos de garantizar las medidas de bioseguridad y distanciamiento social.

Bajo prescripción médica, con protocolos y de acuerdo a lo que determinen los profesionales tratantes, podrá habilitarse la atención y realización de actividades con pacientes de grupos de riesgo, debiendo a tal fin asignarse turnos especiales e individuales, asignándose auxiliares, acompañantes y elementos de uso exclusivo para el paciente.

- Trabajadoras y Trabajadores de casas particulares:

Habilitados de lunes a sábado con traslado permitido entre las 8 y las 20.

- Reuniones, eventos sociales, celebraciones públicas y/o privadas de cualquier índole, incluyendo las de carácter familiar:

No se permiten en espacios cerrados ni en domicilio de las personas, cualquiera sea el número de asistentes, salvo grupo conviviente, conforme decreto DNU 677/20.

Sólo estará permitido al aire libre, hasta las 20.

- Iglesias, cultos y salones de ejercicio espiritual:

Se mantiene la habilitación de celebraciones y eventos religiosos en horario de 8 a 20. Se requerirá aplicación de protocolos especiales que aseguren el distanciamiento dentro de los lugares entre personas de 2 metros y con asignación de turnos. No podrá extenderse durante más de 2 horas. La cantidad de asistentes dependerá de la superficie de cada sala.

- Servicios Fúnebres:

Se permiten por un período máximo de hasta 4 horas con capacidad de ocupación reducida al 50 % los espacios destinados a tal fin y bajo protocolos de bioseguridad. Se prohíbe el contacto físico entre asistentes debiendo respetarse las medidas de distanciamiento social.

- Actividades Turísticas o vinculadas al turismo:

Los prestadores tienen permitidas sus actividades para la comunidad local, para grupos reducidos y de convivientes, y con turnos.

a. Apertura de agencias de turismo para venta y reservas, de 8 a 20.

b. Establecimientos rurales o de turismo rural y actividades de turismo en general: se permitirán con asignación de turnos, sin restricción de días y horarios.

c. Se permitirán actividades turísticas en grupos limitados conforme cantidad de asientos o butacas en los medios de transporte a utilizar para el traslado de los grupos, con utilización del sistema de turnos.

- Pesca deportiva, de costa y de embarcación menor:

Se permitirán diariamente. Las personas deberán contar con permiso de circulación. La autoridad municipal podrá articular y regular los procedimientos, mecanismos y condiciones para el desarrollo de esta actividad, desalentando la permanencia y/o concurrencia masiva o aglomeramiento de personas, contando con la asistencia de las fuerzas de seguridad, guardias urbanas e inspectores municipales afectados a tales fines.

- Locales y establecimientos comerciales:

Se mantienen las habilitaciones, actividades y horarios establecidos en la fase anterior. De 8 a 9, para grupos de riesgo. De 10 a 20, para menores de 60 años y que no tengan factores de riesgo, con asignación de turnos.

- Galerías Comerciales:

Se mantienen las habilitaciones, actividades, horarios, modalidades y restricciones establecidas en la fase anterior. De lunes a sábado, de 8 a 20. Se prohíbe el funcionamiento de espacios para cines, salones de eventos, peloteros infantiles, y/o salones de juegos.

- Fletes, taxifletes y servicios de mudanzas:

Se mantienen actividades y horarios. Se permitirán traslados entre las distintas localidades de la Provincia. Las autoridades podrán restringir temporalmente, el ingreso o traslado de vehículos y/o bienes provenientes de zonas críticas.

- Peluquerías, barberías y afines:

Con sistema de turnos, de 8 a 20.

- Servicios y actividades profesionales liberales:

Se mantienen las habilitaciones con sistema de turnos de 8 hasta 20.

- Obras de construcción privada:

Se permitirá el inicio de nuevas obras y reinicio de las que se encontraban con estado de avance menor al establecido en la fase 2 con la conformidad de las autoridades locales. Se deberá respetar el protocolo establecido por Uocra, entidades que nuclean las empresas del rubro o constructores y la autoridad sanitaria provincial.

- Oficios y emprendimientos independientes o familiares (lavaderos, ladrilleras, albañilería y pinturerías, corralones) relacionados con obras de construcción:

Habilitados de lunes a sábado desde las 8 hs hasta 20 hs con asignación de turnos.

- Hoteles, moteles, alojamientos, residenciales:

Se mantienen las habilitaciones establecidas en la fase anterior. Se permitirá a cualquier residente, hasta un 50% de la capacidad. No se permitirá el uso de espacios comunes.

- Gastronomía, restaurantes, bares:

Se permitirá la permanencia de personas, en grupos reducidos de hasta 10 integrantes de convivientes en los salones, adicionándose al sector al aire libre. De 6 a 1, con utilización de sistema de turnos.

- Administración Pública

Los trabajadores y trabajadoras mayores de 60 años o pertenecientes a grupos de riesgo estarán licenciados considerándose la licencia como dispensa de asistir presencialmente a sus lugares de trabajo pudiendo desarrollar tareas a distancia a través de teletrabajo o aquellas que determine la respectiva autoridad jurisdiccional en su defecto.

Cada jurisdicción deberá incorporar obligatoriamente turnos alternativos, reducidos o rotativos de jornada laboral y de agentes. Asimismo deberán incorporarse modalidades de trabajo remoto. El total de agentes por jurisdicción y turnos deberá garantizar las medidas de distanciamiento conforme la superficie de cada dependencia, pudiendo la respectiva autoridad jurisdiccional establecer los parámetros a fin de hacer efectiva la presente disposición y la prestación del servicio correspondiente.

 

Fuente: datachaco.com

 

Con un barbijo que no se quitó en toda su alocución, el gobernador sanjuanino Sergio Uñac anunció que su provincia regresará a la fase 1 de la cuarentena. La terminante decisión se debió a un rebrote de casos de coronavirus en el departamento de Caucete. El total provincial se elevó a 50 contagiados. De estos, 4 están en estado crítico, uno con respirador mecánico. Además, se hicieron 1.000 hisopados y 81 personas están aisladas. 
 
Acompañado por la Ministra de Salud Alejandra Venerando, el Secretario de Seguridad Carlos Munisaga, la jefa de Epidemiología Mónica Jofré y el Jefe de la Policía de San Juan, Luis Martínez, Uñac señaló: “Ante lo acontecido en las últimas 48 horas en la provincia de San Juan he tomado la decisión, según las recomendaciones del comité de Covid de la provincia que a partir de las de las 00 horas de este sábado y por el lapso de 14 días corridos, San Juan pasará a Fase 1 de aislamiento preventivo, social y obligatorio. Los motivos por los cuales he tomado esta decisión están dados por lo acontecido en los últimos días en Caucete, en donde en las últimas 48 horas hubo un brote de contagios de coronavirus. Además se suma un caso positivo en Santa Lucía que tiene nexo con Caucete y que nos obliga a tener la máxima precaución y a tomar las medidas anunciadas”. 
 
Hace apenas 11 días, más de 10.000 alumnos regresaron a clases en 14 departamentos de San Juan, tras un acuerdo entre el gobernador Uñac y el ministro de educación Nicolás Trotta, y luego de que los establecimientos se adaptaran para funcionar bajo el modelo de “aulas burbuja”. 
 
En un tono que denotaba enojo, Uñac sostuvo: “Creo oportuno reconocer el trabajo que hemos desarrollado todo los sanjuaninos durante más de  150 días. Hemos participado de los mejores status sanitarios de las provincias argentinas, pero el no apego a las normas de alguno o de algunos determinó que una persona haya ingresado, generado un contagio y ese es el motivo que los sanjuaninos en la tarde de hoy ingresemos al cumplimiento de una etapa no deseada que es la fase 1”. Y añadió: “El no cumplimiento de la cuarentena obligatoria que ha sido determinada por norma provincial, en el ingreso a la provincia de San Juan, de algún ciudadano de esta provincia o de alguna otra, determina que hoy 800 mil personas que habitamos San Juan debamos hacer cuarentena en nuestras casas durante 14 días. Se les pide el máximo esfuerzo, la menor circulación y el cumplimiento solo de las actividades esenciales establecidas por el decreto. Creo que como ustedes soy el más optimista de todos, pero también el más realista y en el marco de la realidad es que creo conveniente la vuelta a fase 1 de San Juan”. 
 
A continuación, Munisaga indicó que “Todos los habitantes quedan sometidos al aislamiento social, preventivo y obligatorio y a la prohibición de circular, con lo cual deberán habitar en sus domicilios estos 14 días. Sólo estarán permitidos desplazamientos mínimos para el abastecimiento.  
 
Quienes estarán habilitados a circular son: 
 
* Personal de salud y seguridad. 
 
* Personas que deban asistir a otras con discapacidad. 
 
* Familiares que necesiten asistencia por personas mayores, niños y adolescentes. 
 
* Personas afectadas a la realización de servicios funerarios. 
 
* Personas que se desempeñan en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos. 
 
* Supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad. 
 
* Farmacias. 
 
* Ferreterías. 
 
* Veterinaria. 
 
* Provisión de garrafas. 
 
* Actividades de telecomunicaciones como internet fija y móvil y servicios digitales. 
 
* Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patógenos. 
 
* Mantenimiento de los servicios básicos de agua, electricidad y gas. 
 
* Comunicaciones y atención de emergencias. 
 
* Transporte público de pasajeros estará limitado a las actividades esenciales y con su permiso de circulación. 
 
* Transporte de mercadería y de combustible y el expendio de combustibles. 
 
* Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad. 
 
* Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardería. 
 
* Servicios que prestan las entidades bancarias sólo con turnos. 
 
* Actividad de la Administración pública será con guardias mínimas. 
 
* Actividad minera esencial. 
 
Fuente: diariochaco.com