Jueves, 02 Julio 2026
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En un escenario internacional marcado por tensiones geopolíticas y volatilidad financiera, el gobierno argentino delineó una estrategia orientada a garantizar el cumplimiento de los compromisos de deuda hasta 2027, en coincidencia con el próximo calendario electoral presidencial.

La iniciativa se inscribe en un contexto de incremento del riesgo país en economías emergentes, fenómeno que impacta de manera directa sobre el acceso al financiamiento externo y las condiciones de refinanciación.

El ministro de Economía, Luis Caputo, expuso los lineamientos de esta estrategia durante un encuentro con referentes del sector financiero, donde subrayó que el objetivo central es evitar recurrir a fuentes de financiamiento más costosas, particularmente en el mercado internacional.

La decisión responde a una lectura pragmática del contexto global, caracterizado por tasas elevadas y mayor aversión al riesgo.
El deterioro de las condiciones externas se vio reflejado en la evolución reciente del riesgo país, que alcanzó los 622 puntos, su nivel más alto en lo que va del año, en paralelo con caídas en los bonos soberanos argentinos denominados en dólares.

ESTRATEGIA DE FINANCIAMIENTO Y VENCIMIENTOS
Durante su exposición, Caputo afirmó: «Vamos a seguir primando la opción más barata, ya tenemos financiamiento identificado para cubrir los próximos tres vencimientos: son julio de 2026, enero de 2027 y julio de 2027, es para cubrir el capital». Con esta declaración, el ministro confirmó que el Gobierno cuenta con recursos para afrontar compromisos clave en el corto y mediano plazo.

En esa misma línea, precisó: «Hablamos del mercado, no del FMI, son más o menos USD9 mil millones, no necesitamos acudir al mercado».
De este modo, descartó por el momento la necesidad de nuevas colocaciones en mercados internacionales, enfatizando la utilización de fuentes ya identificadas y alternativas de financiamiento local.

El anuncio apunta a cubrir tres vencimientos de capital considerados críticos dentro del cronograma de deuda, en un intento por despejar incertidumbres sobre la capacidad de pago del país en los próximos años. Esta previsibilidad resulta central en un contexto donde los inversores evalúan con cautela la sostenibilidad de la deuda argentina.

El ministro adelantó además que el origen de los fondos será revelado en un plazo de dos a tres meses, lo que sugiere la existencia de negociaciones en curso o mecanismos aún no oficializados. Esta estrategia de comunicación busca administrar las expectativas del mercado sin exponer prematuramente detalles sensibles.

RELACIÓN CON LOS MERCADOS Y WALL STREET
Tras la reciente visita a Nueva York, donde mantuvo reuniones con bancos y fondos de inversión, Caputo explicó que la decisión de no acudir al financiamiento internacional responde exclusivamente a una cuestión de costos. En ese sentido, afirmó: «No hay ningún capricho con Wall Street, es un tema del costo».
El funcionario condicionó un eventual regreso a los mercados internacionales a una mejora sustancial en las condiciones financieras, señalando que solo evaluaría esa opción si el riesgo país descendiera a niveles cercanos a los 200 puntos. Esta referencia marca un umbral considerado razonable para acceder a financiamiento externo en condiciones sostenibles.

DEUDA, FMI Y ALTERNATIVAS
En relación al resto de los compromisos financieros, Caputo explicó que una parte significativa de la deuda se refinancia de manera habitual, incluyendo instrumentos como los bonos Bopreal y obligaciones con organismos multilaterales.

Sin embargo, aclaró que los compromisos con el Fondo Monetario Internacional (FMI) no cuentan con mecanismos automáticos de refinanciación.
El ministro detalló que los vencimientos con el organismo internacional ascienden a aproximadamente USD3 mil millones hasta el próximo año, lo que representa un desafío adicional dentro del esquema financiero. Esta situación obliga al Gobierno a planificar cuidadosamente sus fuentes de financiamiento para evitar tensiones en el frente externo.

En paralelo, reiteró que la estrategia contempla el fortalecimiento del mercado local, la eventual venta de activos y la búsqueda de financiamiento alternativo. En este último punto, trascendieron versiones sobre posibles aportes provenientes de países árabes, aunque no fueron confirmadas oficialmente.

Se recuerda que el Gobierno había explorado previamente otras herramientas, como un swap con Estados Unidos y un préstamo de gran magnitud con bancos internacionales, iniciativas que quedaron en suspenso ante el cambio en las condiciones del mercado global.


Fuente: diariolavozdelchaco.com

La inflación sigue aumentando, y los supermercados, con las ventas por el piso, afirman que recibieron listas del precios con subas de casi 10%. En concreto, los ajustes van del 2% al 9% dependiendo de la marca y se reflejarán en las góndolas entre marzo y abril.

Mientras el combustible sube, los supermercados y mayoristas, con las ventas por el piso, reciben listas de precios con remarcaciones de hasta casi 10% que, afirman, no tiene nada que ver con el impacto del conflicto en Medio Oriente, sino con que los proveedores no actualizaban las listas desde hace mucho tiempo: no obedece al aumento de la nafta, sino a proveedores que llevaban tres o cuatro meses sin pasar aumentos.

Sin embargo, no dijo lo mismo la Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas (CADAM), que sostiene que los incrementos responden principalmente al encarecimiento de los costos logísticos tras la suba de los combustibles.

Los rubros más afectados hasta ahora son productos de limpieza, lácteos como quesos, bebidas alcohólicas, yerba mate y aderezos. En tanto, la Confederación General Almacenera emitió un comunicado que refleja distancia con los proveedores: “Desde nuestra organización gremial dejamos aclarado a la opinión pública, nuestro malestar con los formadores de precios, ya sean fabricantes o distribuidores, por los pretendidos aumentos en los productos, y en especial alimentos de la canasta básica”.

“Entendemos que no se justifican, por el aumento del combustible ya que éste no incide en gran porcentaje al costo del producto. A nuestros representados, a lo largo y ancho del país, los instamos a que no convaliden nuevas listas de precios aumentados con exageración o abusivos. Si es necesario, recomendamos sustituir productos por otras marcas, sobre todo marcas Pymes regionales que respeten la situación que atraviesa la economía del país y sean más sensibles al bolsillo de los Argentinos”, sentenciaron.

Fuente: Urgente 24

Lo resolvió la Cámara de Apelaciones de Nueva York, hasta que se defina la cuestión de fondo.

La Justicia de Estados Unidos resolvió suspender todas las demandas vinculadas al juicio por la expropiación de YPF, favoreciendo la posición de Argentina tras el pedido formalizado por el recientemente designado procurador del Tesoro, Sebastián Amerio.

La Cámara de Apelaciones de Nueva York dispuso que ningún tribunal avance con medidas relacionadas al caso hasta que se determine la cuestión de fondo en el proceso de apelación promovido por el Estado nacional.

El planteo argentino había sido presentado por Amerio en sus primeras horas al frente de la Procuración, solicitando frenar el avance de investigaciones y procedimientos en torno a la ejecución de la sentencia dictada contra Argentina en 2023.

La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, que analiza la apelación planteada por Argentina, aceptó el planteo y dispuso frenar cualquier avance procesal hasta que se expida sobre el fondo del litigio. 

Este tribunal es clave en la causa, ya que tiene la potestad de confirmar, modificar o revocar la sentencia que condenó a la Argentina al pago de una cifra millonaria por la expropiación de YPF. Su decisión de conceder la suspensión implica que, por el momento, no se podrán ejecutar reclamos ni avanzar en investigaciones adicionales.

“Esta decisión podría indicar que el fallo de la cuestión de fondo podría conocerse dentro de poco tiempo, aunque la cámara no tiene no tiene plazo para hacerlo. La audiencia de apelación por el fallo madre había sido en octubre del año pasado, y desde entonces están esperando”, dijo Sebastián Maril, analista de LATAM Advisors.

“Entonces, esto puede ser una señal de que los mismos jueces de la Cámara van a resolver el tema, y van a laudar sobre la cuestión de fondo. Como la van a decidir pronto, dicen, ‘no tiene sentido seguir con toda una serie de audiencias que estaban previstas en el contexto del discovery’”, agregó.



Fuente: NA 

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco confirmó parcialmente la sentencia 112/25 de la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones del Trabajo de Resistencia y ordenó al Poder Ejecutivo que “con carácter urgente y dentro de un plazo razonable” adopte las medidas normativas y presupuestarias tendientes al reconocimiento legislativo “a fin de garantizar la integridad del salario y asegurar la actualización adecuada de las remuneraciones docentes”.

Fue a través de la sentencia 70/26 en la que, además, hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inconstitucionalidad presentado por la provincia contra la sentencia 112/25 de la Sala Segunda de la Cámara Laboral de Resistencia y dejó sin efecto el punto II de la misma en cuanto a la modalidad ordenada para el cumplimiento del fallo que ordenaba restablecer el pago de la cláusula gatillo al personal docente.

La decisión firmada por Víctor del Río, Emilia Valle, Enrique Varela, Alberto Mario Modi e Iride Isabel María Grillo tuvo lugar en el marco de las causas 1.370-25-1-L “Federación de Sindicatos de la Educación del Chaco C/ Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; Provincia del Chaco S/ acción De amparo” y 1372-2025-1-L “Federación de Sindicatos de la Educación del Chaco c/ Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; Provincia del Chaco S/ medida cautelar”.

El voto mayoritario respecto a la parte resolutiva perteneció a Víctor del Río y las juezas Emilia Valle e Iride Isabel María Grillo. Mientras que Enrique Varela y Alberto Mario Modi se expresaron en disidencia parcial; acordaron con los fundamentos, pero no con la resolución propuesta.

Fundamentos

Los jueces del STJ resaltaron que “la determinación del régimen remuneratorio y de los métodos de recomposición salarial es resorte exclusivo del Poder Legislativo y Ejecutivo, de acuerdo a las normas constitucionales y legales aplicables” tanto por la Constitución Provincial como por las leyes 647-A y 724-A.

“En consecuencia, la fijación, modificación o actualización del sistema salarial requiere una regulación legal que garantice la legalidad del gasto, la previsibilidad presupuestaria y el adecuado control del uso de los recursos públicos”, agregaron.

Más adelante recordaron que el STJ determinó que el artículo 87 de la Constitución del Chaco garantiza la intangibilidad de la retribución docente y que es atribución del Poder Legislativo, a propuesta del ejecutivo, establecer el régimen salarial de la Administración pública provincial de acuerdo con la división de poderes sobre la que se sustenta el sistema republicano de gobierno, como quedó sentado en el precedente “Alonso de Martina” por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Por tal motivo, consideraron que “la Cámara decidió en exceso de sus atribuciones, al establecer por vía judicial el sistema de actualización del salario docente, pues se subroga en facultades conferidas” a los dos poderes antes mencionados.

Sobre todo, debido a que “por la naturaleza de los derechos invocados, el fallo tendrá implicancias sobre el ámbito de actuación de otro órgano del Estado, al disponer el pago de ajustes salariales en el empleo público, lo que torna indispensable la existencia de partidas presupuestarias correspondientes al disponerse erogaciones que afectarán el erario público”.

En otro tramo de la fundamentación afirmaron que esta decisión “no implica soslayar los mandatos constitucionales y convencionales que reconocen el derecho a una retribución justa en conexión con el principio de dignidad humana” y reconocieron que “la tarea educativa constituye una función esencial para el desarrollo integral de la sociedad y la efectividad del derecho a una educación de calidad, inclusiva e igualitaria”.

Además, fueron contundentes al considerar que la decisión de suprimir el mecanismo destinado a preservar la intangibilidad de las remuneraciones “constituye una medida regresiva que afecta la garantía de una retribución justa y se aparta de los estándares internacionales, en punto a asegurar condiciones laborales compatibles con la dignidad de la parte trabajadora”.

Así recordaron la existencia de normas supranacionales que “imponen al Estado argentino la obligación de respetar y garantizar el salario digno. Ello implica el deber de adoptar medidas positivas orientadas a preservar la integridad de la retribución, a fin de que las previsiones constitucionales no se tornen ilusorias”.

Y estuvieron de acuerdo en que, ante este escenario, “el Poder Judicial debe asegurar la vigencia efectiva de los derechos y garantías fundamentales que entendemos conculcadas en el presente caso. Es por tal razón que debemos exigir que los Poderes Públicos actúen a fin de reparar y hacer cesar la lesión detectada. En este cometido, hemos de seguir similar criterio al adoptado por el Máximo Tribunal del país al promover la actuación coordinada de los órganos del Estado cuando se encuentran comprometidas garantías de raigambre constitucional”.

Disidencia parcial de la minoría

Por su parte Varela y Modi estuvieron de acuerdo totalmente con los considerandos, pero disintieron en la respuesta jurídica que debía darse a la cuestión.

En tal sentido señalaron que debía ejercerse jurisdicción positiva y hacer lugar a la acción de amparo promovida por SITECH “específicamente en los siguientes términos: disponiendo que el Poder Ejecutivo, dentro de un plazo razonable, proceda a adoptar las medidas normativas y presupuestarias tendientes al reconocimiento legislativo, a fin de garantizar la integridad del salario y asegurar la actualización adecuada de las remuneraciones docentes”.


Fuente: chacodiapordia.com