Martes, 21 Abril 2026
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Declaran emergencia hídrica en los establecimientos educativos de Resistencia

La directora Regional Educativa VIII, Marcela Tacchi, declaró emergencia hídrica en los establecimientos educativos de Resistencia debido a “los informes recibidos”. La medida rige, por el momento, solo durante el turno mañana y de continuar estas condiciones reportadas, se extenderá para el turno tarde.
 
Cabe recordar que a través de la Resolución Nº 3090, cada director Regional, determina la situación de accesibilidad en su zona para la concurrencia de docentes, no docentes y estudiantes a las escuelas de la provincia.
 
Tacchi señaló a Diario Chaco que durante la mañana recibió reportes situacionales de cada institución educativa, por lo que tomó dicha medida “hay instituciones con dificultades eléctricas, algunos sectores anegados, varias filtraciones, esos son los reportes, no totalmente inundadas las escuelas sino algunos sectores, patios y galerías, pero principalmente fallas eléctricas”, detalló y agregó que de seguir recibiendo informes con dichas características, la medida se extenderá también para el turno tarde.
 
Así las cosas, es el director quien determina la falta de condiciones de accesibilidad de docentes, no docentes y alumnos, de manera total o parcial, de una localidad o ciudad, en caso de que se registren abundantes precipitaciones que suelen afectar a la provincia, y que constituyen causas ajenas a la voluntad de los trabajadores y estudiantes impidiéndoles llegar a los establecimientos educativos.
 
Esta resolución vigente establece además que los agentes comprendidos en esta situación deben acreditar fehacientemente, presentando constancia extendida por ente oficial (Policía del Chaco y/o Defensa Civil) en la que constarán las fechas desde y hasta cuándo se vieron afectados.
 
Asimismo, encomienda a los directivos a establecer, en acuerdo con los docentes, las estrategias pedagógicas para garantizar la recuperación de los contenidos sin que implique la ampliación de la carga horaria establecida.
 
Además, menciona que se debe determinar que los directores de cada establecimiento de todos los niveles y modalidades, regímenes especiales y servicios educativos, por disposición acreditarán las situaciones del personal involucrado, sin consignar inasistencias, cuando se encuentran afectados por las razones expuestas en los considerandos precedentes previa recepción de las constancias pertinentes, las cuales deberán ser presentadas en el término de 48 horas. 

Fuente: diariochaco.com